sábado, 22 de septiembre de 2012

“Iter Criminis”



HOV 1903 21 09 2012

“Iter Criminis”

En el escrito anterior “Embeleco” toqué el tema del “falso positivo” en la contratación multimillonaria sobre reposición del alcantarillado de la calle 5; con “Iter Criminis” (camino del crimen)  trataré de dar alguna luz sobre un rumor que está convirtiéndose en “leyenda urbana”, la situación jurídica del actual alcalde de la ciudad. Eran tan poderosos y astutos sus “amigotes” que ni el más atrevido de los delitos, ni el mejor de los candidatos, ni los intelectuales bugüenses, ni todos los votos de opinión juntos, ni la desesperanza del Voto en Blanco y la abstención, ni fiscales, contralores y procuradores podían atajarlo en el camino a recuperar el solio. El ex-alcalde contra viento y marea volvió al poder “a hacerlo mejor”, y la leyenda se expandió…

Tomándome una Bretaña en “El Canaima” un líder ciudadano se acercó y me entregó sigilosamente fotocopias de un fallo del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga Sala de Decisión Penal radicación 76111-60-00-165-2007-01924-01, pensé, otra vez las calumnias y mentiras típicas contra John, que aunque es un alcalde cuestionado, mudo e invisible no lo están dejando gobernar, a regañadientes las recibí después de la insistencia de varios amigos. Leí con detenimiento y me pareció grave, muy grave, inmediatamente consulté un abogado amigo y acordamos dadas las circunstancia que rodean todas estas espinosas cosas políticas, confirmar la veracidad del documento en el mismísimo Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga.

Ratificada la autenticidad, el hecho es un proceso penal por el Convenio interadministrativo 001 de 2.006 suscrito el 25 de enero entre la Alcaldía y Aguas de Buga con el objeto de aunar esfuerzos para la actualización catastral de Buga, me permito “traducirles” el fallo de 30 folios, así: “en julio 6 de 2.007 la Procuraduría General de la Nación, compulsó copias con destino a la Fiscalía General de la Nación para adelantar investigación penal contra el señor John Harold Suarez Vargas ex alcalde de Buga por presuntas irregularidades relacionadas con la suscripción de convenios y contratos con Aguas de Buga S.A. E.S.P” luego, el 3 de octubre de 2.011 la Fiscalía 21 Seccional de Buga solicitó la preclusión a favor de John Harold, por lo que el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Buga fijó el 5 de diciembre de 2.011 para realizar la audiencia, en la que la fiscalía 21 y el abogado defensor invocaron “atipicidad” del hecho investigado, por ende su preclusión y archivo.

Contravenciones halladas por el Juzgado Segundo y el Tribunal Superior: 1. Ninguna entidad pública puede contratar o suscribir convenio que no tenga relación con el objeto para la que fue creada, ejemplo: una clínica médica, no puede contratar la construcción de un puente “zapatero a tus zapatos”; además la actualización catastral ya había sido realizada por la CVC en Convenio con la alcaldía.  2. La Contraloría Departamental citó el artículo 410 Código Penal “el delito de celebración de contratos sin cumplimiento de los requisitos legales, no se respetaron los principios de economía, selección objetiva y transparencia Ley 80 de 1.993”. 3. El objeto del contrato no fue delimitado en forma clara, artículo 8° decreto 2170 de 2.002. 4. Se desconoció el régimen de selección objetiva, articulo 29 Ley 80. 5. Se vulneró el principio de transparencia  Ley 80 de 1.993, “lo único que se buscaba es la transferencia de recursos, para que la empresa que no está sometida a ese régimen puede contratar sin tener en cuenta los procedimientos señalados en la ley” –contratación a dedo-; “esa contratación era innecesaria” –detrimento patrimonial-. Por lo tanto el Juzgado Segundo del Circuito de Buga negó la preclusión solicitada por la Fiscalía 21, fallo que fue ratificado el 6 de marzo de 2.012 por el Tribunal Superior de Buga Sala de Decisión Penal.

Advierte el Tribunal en conclusión que: “es necesario que la Fiscalía investigue cuales fueron las verdaderas razones que llevaron a la administración municipal a suscribir el Convenio 001 de 2.006 con Aguas de Buga”. Así las cosas, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga Sala de Decisión Penal, Resuelve: PRIMERO.- Confirmar el auto adiado el 20 de enero de 2.012, a través del cual el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Buga, negó la preclusión solicitada por la Fiscalía 21 seccional Buga a favor del señor John Harold Suarez Vargas, de acuerdo a lo señalado en precedencia. SEGUNDO.- Contra esta decisión no procede recurso. TERCERO.- La presente determinación se notifica en estrados. CUARTO.- Remitir la actuación a la Fiscalía 21 Seccional de Buga. CUMPLASE.

Esto es delicado, y “el balón está en la cancha” de la Fiscalía 21 hace 6 meses…

Hernán Ordóñez Valverde       hernanordonez@gmail.com

domingo, 16 de septiembre de 2012

EMBELECO -Columna Reloj De Arena-



HOV 1898 16 09 2012
Columna Reloj De Arena

EMBELECO

 $ 4.400 millones de pesos aproximadamente invertirá la nación en Buga para acabar de reponer el tramo faltante de alcantarillado de la Calle 5, el ramal de la K 14 hasta la K 19 ya está sustituido. Hasta ahí, todo bien. Pero: ¿porque hacer lo que no se necesita? ¿porque gastar dinero donde no es preciso? existiendo mil obras necesarias y urgentes. ¿Qué está fallando, o en que hemos fallado?

Me enteré por conocidos que la “socialización” efectuada por “Aguas de Buga” de esta obra fue para informar sobre un “hecho cumplido y sin reversa… que eran cosas de Bogotá”. Pero no tuvieron en cuenta que el alcantarillado existente esta funcionando bien –sin problemas-, sólo era necesario el cambio de la tubería antigua de acueducto –agua potable- en HF (hierro fundido) por PVC, no más.

Uno no cambia el motor de un carro cuando está funcionando bien, que no quema aceite, que tiene fuerza y no consume más de la cuenta… ¡Claro! el cambio de un motor viejo a uno nuevo es mejor,  lo mismo para el alcantarillado del centro de Buga, siempre es mejor lo nuevo, pero el punto es que no era necesario… no todavía. Ese alcantarillado estaba bien y en condiciones de durar más de 30 años. Ahora, este gasto se podría justificar en un país altamente desarrollado y muy rico, donde se cambia de automóvil cada año y se chatarrizan a los diez. Pero para nosotros es un desperdicio, se está botando la plata al vertedero.  

Cuál razón asiste hacer lo que no es necesario, a gastar plata donde no se debe. Me dicen algunos suspicaces bugueños que tiene que ver con una red de “inversionistas” donde interviene uno que otro senador con asesores pagos expertos en olfatear con sus narizotas donde está colocando la plata el gobierno nacional, y en trinca con los municipios hacen los proyectos de gasto -sin importar la conveniencia o prioridad-. Además, algunos vecinos afectados e inquietos por la utilidad de este despilfarro, le preguntaban a un importante edil si el Concejo de Buga podía hacer algo para impedir ese embeleco y corregir el rumbo del dinero, de tajo contestó: “eso es un problema de Bogotá y de la anterior administración… no se puede hacer nada”, como si la ciudad se paralizara y arrancara nuevamente de cero, a partir de cada cambio de alcalde y concejo.

Pero estos dirigentes sí han mostrado una enorme y silenciosa habilidad para elegirse y hacerse reelegir, de contar con la protección generosa de los organismos de control, además de una pericia natural para derrochar en el “por venir” empeñando las arcas del municipio, gastando el erario en tonterías… en ferias y rumbas, en circo sin pan. Podríamos concluir que la clase política dirigente, están haciendo inversiones hacia el “futuro”, fallando en este caso con la negación del presente y el olvido del pasado; y tampoco han podido con las soluciones pequeñas, como la perrera municipal; el coso; el espacio público y la movilidad; la escombrera de transferencia; las calles sin pavimentar y el mantenimiento de las vías; la bocatoma del acueducto y el almacenamiento de agua; y todavía menos con las soluciones más complejas al desempleo, al empobrecimiento de la clase media y la miseria cada vez más indignante en los estratos bajos. Ni preguntar por la seguridad y otras cosillas.

Hernán Ordóñez Valverde

viernes, 14 de septiembre de 2012


En Colombia hizo carrera una justicia procedimental donde lo importante no es la verdad, sino el procedimiento. Sí alguien es inocente y se demuestra con intríngulis normativos que es culpable, sale culpable; sí alguien es culpable pero procedimental-mente se demuestra lo contrario, no importa, sale inocente. Entonces: sí la verdad no importa, tampoco importa la Justicia. HOV 12 09 2.012